Sentencia de apelación del proceso Brennero (17 marzo 2023)

El 17 de marzo, en el tribunal de Bolzano, se ha dictado la sentencia de apelación del proceso por la manifestación contra las fronteras de mayo del 2016 en el Brennero.

Aunque ha habido una rebaja general de las condenas (de 150 a 123 años en conjunto, con 8 absoluciones por prescripción del delito), el balance de todas formas es pesado (tengamos presente que el proceso era abreviado [1]). 28 compañeras y compañeros han recibido condenas por encima de los 2 años, mientras que 5 compañeros han recibido más de 4 años (la condena más alta ha sido de 5 años y 1 mes de cárcel) por resistencia agravada, violencia privada, lesiones etc. Igual que en primer grado, ha caído la acusación de devastación y saqueo.

Otro elemento significativo es que el juez ha negado a todas y todos aquellos que han solicitado acogerse a la llamada reforma Cartabia. A pesar de que la fecha de la sentencia había sido reenviada formalmente para que los imputados y imputadas pudieran recurrir a la nueva ley, la solicitud de ha sido denegada con la excusa de los antecedentes penales y de la «peligrosidad social» de imputadas y imputados. Pero hay un dato todavía más emblemático: el argumento principal para la negativa de las «condenas sustitutivas» ha sido la falta de abjuración de las propias conductas por parte de los imputados, la naturaleza cada vez más abiertamente premial de las sentencias no vale solo para la magistratura de vigilancia, sino también para los tribunales ordinarios. A hacer la diferencia sobre el tipo de condena no es tanto el delito en sí, sino el «arrepentimiento» o no del acusado.

Así, en un futuro podrían abrirse las puertas de la cárcel para más de 30 imputados y imputadas.

Esta sentencia extiende la violencia estructural del racismo de Estado, ese conjunto de leyes, prácticas neocoloniales, detención administrativa y dispositivos policiales que producen masacres, muertos en serie y una humanidad cautivacoartada en condiciones de semi-esclavitud. Desde la recolección en los campos a los numerosos sectores de la «economía informal», desde el chantaje del permiso de residencia –que pesa sobre la logística, sobre la construcción, sobre la restauración, sobre los «trabajos de cuidados»… – hasta el gran mercado de los alquileres en negro, el terror ejercido por las fronteras es parte estratégica cuanto innominable de la explotación capitalista.

123 años de cárcel por una manifestación nos dicen de una forma clara que estamos en guerra, que los márgenes del desacuerdo consentido se restringen y que el conflicto no negociado es una deserción del frente que hay que castigar de forma ejemplar.

El muro anti-inmigración en el Brennero –que la policía austriaca había definido una mera «solución técnica»…– no se ha construido. Tal vez gracias a quien aquel 7 de mayo 2016 luchó con generosidad y coraje.

Solidaridad a las compañeras y a los compañeros condenados.

Nota:
[1] rito jurídico que prevé algunos contras para el acusado, como por ejemplo que la sentencia no puede ser recurrida, el abogado de la defensa no puede presentar ulteriores pruebas cuando empieza el juicio, etc, etc. También prevé una reducción de la condena de 1/3 automáticamente o que el juicio se haga en breve tiempo sin esperar tiempos bíblicos quizás dentro de la prisión.

[Fuente: ilrovescio.info | Traducción vista en es-contrainfo revisada por lucharcontrael41bis]