Actualización sobre la operación Sibilla: fijada la audiencia para Alfredo Cospito y los otros compañeros investigados en el tribunal de Perugia el 14 de marzo

El 13 de febrero se notificó la fijación de la audiencia para la revisión de las medidas cautelares contra los compañeros tocados en la operación represiva Sibilla del 11 de noviembre de 2021 (entre ellos Alfredo Cospito, en huelga de hambre desde hace más de 120 días, y Gianluca, actualmente en arresto domiciliario por la investigación Diamante de la Fiscalía de Génova). La vista está fijada para el 14 de marzo en el Tribunal de Perugia.

Esta segunda revisión surge de la audiencia celebrada el 22 de junio en Roma ante el Tribunal de Casación, que concluyó con la aceptación de la petición de la fiscal Manuela Comodi y, por tanto, con la anulación de la medida anterior del Tribunal de re-examen (que el 16 de diciembre de 2021 dio lugar a la revocación de las medidas cautelares). El Tribunal de Casación, a pesar de la decisión del fiscal general (que había pedido que se rechazara el recurso del fiscal de Perugia), había «exhumado» la investigación anulando la revocación de las medidas y ordenando una nueva audiencia para revisión.

La operación Sibilla –llevada a cabo por la Agrupación Operativa Especial de los Carabinieri [ROS] y la Fiscalía de Perugia bajo la coordinación de la Dirección Nacional Antimafia y Antiterrorismo [DNAA]– desempeñó un papel fundamental en la génesis y aplicación de la orden de detención del 41 bis contra el compañero Alfredo Cospito.

Ocho compañeros (entre ellos el propio Alfredo), previamente investigados por el ROS y la Fiscalía de Milán en otra causa por 270 bis c.p. (asociación subversiva con finalidad de terrorismo y subversión del orden democrático) y 414 c.p. (instigación a la delincuencia con el agravante de finalidad de terrorismo) en relación con la redacción, publicación y distribución del periódico anarquista «Vetriolo», recibieron una solicitud de medidas cautelares en prisión por los mismos cargos en septiembre de 2021 proveniente de la fiscalía de Perugia, además de otros cargos por diversos motivos relacionados con otros artículos, panfletos y documentos, además de pintadas, y para una compañera, daños a vehículos de Poste Italiane (Foligno, 6 de junio de 2019) en solidaridad con los compañeros anarquistas en huelga de hambre por el cierre de la sección de Alta Seguridad 2 de la prisión de L’Aquila.

Al mismo tiempo que la orden de detención, se emitió una orden de censura de tres meses sobre la correspondencia del compañero Alfredo Cospito, posteriormente renovada varias veces. Las razones de esta censura resultaron evidentes un par de meses más tarde, cuando –con la operación del 11 de noviembre– «emerge» la investigación Sibilla y la petición inicial de la fiscal Comodi viene rebajada por el Juez de Instrucción. Así, la nueva orden ya no establecía ocho detenciones en prisión, sino seis medidas cautelares en relación con el único cargo de instigación a la delincuencia con el agravante de terrorismo: una orden de detención para Alfredo Cospito (en ese momento encarcelado en Terni); arresto domiciliario con todas las restricciones para un compañero de Spoleto; la obligación de permanecer en el municipio de residencia junto con la obligación de firmar tres días a la semana para cuatro compañeros. Además, otros compañeros fueron investigados en libertad, se llevaron a cabo innumerables registros y dos páginas web (roundrobin.info y malacoda.noblogs.org) fueron objeto de embargo preventivo y oscurecidos (un hecho prácticamente sin precedentes en lo que respecta al movimiento anarquista de habla italiana), permaneciendo inaccesibles con los motores de búsqueda convencionales [desde territorio italiano – ndt] hasta el día de hoy.

Según el ROS de los Carabinieri, las Fiscalías de Milán y Perugia y la DNAA, en particular en “Vetriolo”, así como en el resto de textos objeto de la acusación, «se expresaban conceptos estratégicos en la orientación y el mecanismo de la propaganda instigadora que tenían la capacidad concreta de provocar la comisión de delitos específicos no culposos contra la personalidad internacional e interna del Estado, con el fin de subvertir mediante la práctica de la violencia su orden jurídico, político, económico y social». En este sentido, para poner de relieve la «correspondencia entre los contenidos de “Vetriolo” y determinadas acciones directas», en la investigación más amplia previa a Sibilla, el ROS había realizado –en busca de analogías, semejanzas o coincidencias léxicas y conceptuales– una comparación entre los artículos publicados en los primeros números del periódico y las reivindicaciones de determinados atentados incendiarios y explosivos ocurridos en Italia, Francia y Grecia. Esta “teorización” de los «conceptos estratégicos en la orientación y el mecanismo de la propaganda instigadora» (surgida de las necesidades represivas del Estado italiano en los últimos años y estrechamente vinculada al delito 414 c.p.) más tarde resultó central –junto con la condena por 270 bis c.p. en el proceso Scripta Manent– para aplicar el 41 bis a Alfredo, y recientemente también se ha señalado en diversas ocasiones por parte de algunos dirigentes políticos e institucionales el intento de aniquilación del compañero. Como subrayan algunos de los investigados «afirmando que Alfredo “instigaba” a cometer acciones revolucionarias desde la cárcel, [la investigación Sibilla] constituye una buena razón para afirmar la necesidad de impedirle cualquier comunicación con el exterior. Asumimos la responsabilidad de denunciar firmemente lo que, a nuestro parecer, a ocurrido. Es evidente que la casación ha recibido las instancias pertinentes para mantener la operación Sibilla con vida, aunque sea en terapia intensiva. Una decisión tomada al margen de las peticiones del Fical General, del retraso de las motivaciones y del carácter capcioso de las mismas, todo ello nos habla de la necesidad de mantenerla en pie una acusación de instigación contra Alfredo, aunque sea agarrándose a un clavo ardiendo» A la luz de los hechos represivos relatados en esta actualización y sobre todo de la grave situación actual del compañero en huelga de hambre, resulta claro que las figuras-cardinales de las investigaciones que han llevado a la operación Sibilla son unas de las responsables de la aplicación del 41bis.

En el inmediato, no en un brillante futuro, es la solidaridad en la acción revolucionaria la que puede romper este aislamiento y destruir las cárceles. Hoy como ayer, contra toda resignación y desorientación, seguimos creyendo firmemente y apostando por la misma solidaridad, por la misma urgente necesidad de acción.

En la espera de la audiencia en casación del 24 de febrero y de la revisión del 14 de marzo, seguimos apoyando la movilización, en particular invitando a compañeros y solidarios a la iniciativa “Eccome se ce lo ricorderemo!” que se llevará a cabo el 23 de febrero en Foligno en la calle Monte Bianco a partir de las 16:00 h. Apoyamos todas las iniciativas anarquistas y revolucionarias en solidaridad con Alfredo Cospito y con todos los compañeros en prisión.

Algunos anarquistas investigados y solidarios
18 febrero 2023

Traducido de: ilrovescio.info

Información y unos textos sobre la operación Sibilla: