Omar Nioi – Scripta Manent: un juicio político contra 20 años de historia del anarquismo revolucionario

Carta-intervención del compañero anarquista sardo Omar Nioi (condenado en el juicio de la “Operación Scripta Manent”) en iniciativa realizada en Atenas (A.S.O.E.E.) el 19 diciembre 2022 en solidaridad con el anarco-nihilista en huelga de hambre Alfredo Cospito.

Organización:
Anarchist Hangout Nadir (Tesalónica),
anarxiko-steki-nadir.org (gr),
anarxiko-steki-nadir.org/en (en)

Proyecto de traducción blessed-is-the flame.espivblogs.net,
Compañeros.
La traducción del italiano ha sido realizada por el Grupo de Contra-información Radiofragmata (radiofragmata.nostate.net)

 

Scripta Manent: un juicio político contra 20 años de historia del anarquismo revolucionario

En primer lugar, un saludo a todos los compañeros presentes en esta iniciativa, y un saludo y agradecimiento especial a los compañeros organizadores. A día de hoy, tejer relaciones internacionales, intercambiar y confrontarse, sigue siendo, como en el pasado, una parte necesaria y siempre viva del anarquismo revolucionario para dar fuerza a nuestras intenciones.

Los hechos:

La madrugada del 6 de septiembre de 2016, 32 compañeros en todo el Estado italiano son despertados por la policía política (DIGOS).

El resultado de la primera parte de la operación policial denominada “Scripta Manent”, ordenada por la Fiscalía de Turín a través de su inquisidor Roberto Maria Sparagna, es de 15 sospechosos y 7 detenciones. Un octavo anarquista, redactor del proyecto editorial Croce Nera Anarchica (actualmente cerrado), es detenido tras el resultado del registro de su domicilio, en el que encontraron baterías y un manual de electricista.

Además de los compañeros Alfredo Cospito y Nicola Gai, ya en prisión desde 2012, juzgados y condenados por herir a Roberto Adinolfi, (director general de Ansaldo Nucleare) acción reivindicada bajo el nombre “Nucleo Olga FAI/FRI”, también fueron detenidos los compañeros Alessandro, Marco, Danilo, Valentina y Anna.
Contra los compañeros, se impugnan los artículos 270 bis (asociación con finalidad de terrorismo), 280 bis (actos terroristas con artefactos mortíferos o explosivos) y 285 (masacre), que se remontan a 2003 y se refieren a una serie de atentados firmados por la “Federazione Anarchica Informale” a través de las células “Narodnaja Volja”, “Cooperativa Artigiana Fuoco e Affini (occasionalmente espettacolare)”, “FAI/RAT (Rivolta Anonima e Tremenda)” y la célula “Nucleo Olga”.

Así, la enésima investigación sobre la Federación Anarquista Informal, el enésimo intento de pescar en aguas turbias para asegurarse un sueldo que, en el periodo entre la investigación y el juicio, engorde al mayor número posible de siervos del Estado.

En los primeros meses de esta operación, los compañeros detenidos se enfrentaron a la prohibición de reunirse entre ellos, la censura de la correspondencia, el aislamiento total y varios traslados.

En abril de 2017, con la comunicación de cierre de la investigación –para los detenidos e investigados en libertad en septiembre de 2016– se añadió, además de los delitos imputados anteriormente, para 12 de los 17 acusados iniciales, el artículo 414 c.p. (instigación a la delincuencia) con finalidad de terrorismo por creadores y/o difusores del proyecto Croce Nera Anarchica, periódico y blog, haciendo referencia explícita a algunas editoriales y artículos del nº 0 al nº 3. En cuanto al delito de instigación a la delincuencia, se añade el agravante de “haber cometido el hecho por medio de herramientas informáticas y telemáticas”.

El 2 de junio de 2017 llegó la segunda parte de la investigación Scripta Manent. Otros siete anarquistas, en la calle, fuimos investigados por 270 bis y 414 c.p. por ser redactores (y no) del proyecto Croce Nera Anarchica y de los blogs RadioAzione y Anarhija.info, los cargos son para todos 270 bis (asociación subversiva con finalidad de terrorismo) en connivencia con compañeros anarquistas investigados en la primera parte de Scripta Manent siempre en referencia a la FAI, mas el 414 c.p. (instigación a la delincuencia, siempre con finalidad terrorista), traducción de comunicados, preparación, instigación, apología, concepción y difusión siempre a través de webs y periódicos de material de propaganda ideológica anarquista “insurreccionalista-lottarmatista” [lottarmatista: un significado aproximado sería quien recurre a la lucha armada como práctica política – NdT], recaudación de dinero para apoyar a compañeros encarcelados.

Además de acusar a 2 de los 7 citados por 280 c.p., por el hallazgo de un papel, durante los registros de septiembre de 2016, junto con otro material publicado en Croce Nera Anarchica, de una copia de la reivindicación del atentado al juzgado de Civitavecchia en enero de 2016, firmada por el “Comitato pirotecnico per un anno straordinario – FAI/FRI”.

Pocos días después, en la audiencia preliminar del 5 de junio de 2017 precisamente, se unificaron las dos partes de la investigación, mandando a todos a juicio, sin cambiar nada de las distintas acusaciones. Prácticamente, tras un año de control, censura (mediante el bloqueo sistemático y la incautación de la correspondencia de los compañeros detenidos, que pasó directamente a la Fiscalía, añadida a los actos de la audiencia preliminar) y seguimiento de la solidaridad, la Fiscalía y la jefatura de policía consiguieron meter en la investigación también a quienes seguían manteniendo contacto con los presos y continuaban con la actividad editorial.

El juicio en primer grado:
Durante el mes de julio de 2017 se celebró la audiencia preliminar. El juicio para todos comenzó el 16 de noviembre de 2017 en la sala-búnker de la prisión de Turín.

Tras más de un año de interminables audiencias, en las que la fiscalía incluso se remontó a antiguas investigaciones anti-anarquistas entre los años ‘90 y principios de los 2000, recorriendo los últimos treinta años de anarquismo revolucionario en Italia, la historia de los atentados firmados por la FAI, la sucesión de testigos de la acusación, peritos de la acusación y de la defensa.
En marzo de 2019 llegaron las peticiones de condena del Fiscal, y en abril del mismo año las condenas en primer grado.
Alfredo fue condenado a 20 años, declarado culpable de posesión y transporte de explosivos en relación con la bomba del Parco Ducale contra los RIS de Parma en 2005 (absuelto del delito de atentado por tratarse de un “delito imposible” ya que el interruptor de la bomba no estaba activado), el paquete bomba postal enviado al entonces alcalde de Bolonia, Cofferati, en 2005 (condenado por el atentado más posesión y transporte de explosivos), los atentados con múltiples artefactos explosivos en la escuela de Carabinieri de Fossano en 2006 y en el barrio de la Crocetta de Turín en 2007 (delito de masacre agravado por el hecho de que el objetivo eran supuestamente las fuerzas policiales; caído el agravante de motivación política), del envío de paquetes bomba al entonces alcalde de Turín, Chiamparino, al director del periódico Torino Cronaca, Giuseppe Fossati, y a ‘COEMA Edilità’ en 2006. También figura como promotor de la FAI, reconocida como asociación subversiva con finalidad de terrorismo. Caído el agravante de transnacionalidad.

Anna fue condenada a 17 años por los artefactos de Crocetta y Fossano y por los paquetes bomba de 2006, así como por asociación subversiva con finalidad de terrorismo como promotora de la FAI.
Nicola fue condenado a nueve años por asociación subversiva con finalidad de terrorismo.
Marco y Sandro fueron condenados a 5 años por participación en asociación subversiva con finalidad de terrorismo. Absueltos el resto de imputados. Todos los condenados permanecen en prisión, mientras que Danilo fue excarcelado y Valentina terminó su arresto domiciliario.

Juicio de apelación:

La primera audiencia de apelación del juicio Scripta Manent se estableció para el 1 de julio de 2020 en la sala-búnker de la prisión de Turín.

Los encarcelados asistirán por videoconferencia, como en todas las últimas audiencias del primer grado. De hecho, durante el periodo de las audiencias preliminares aún no existía ninguna ley que impusiera la videoconferencia. Entonces, al principio del primer grado, se aprobó la ley que, sin embargo, daba a las prisiones y a los tribunales un año para adaptarse, imponiendo durante ese año de adaptación la videoconferencia sólo a los acusados de estar en la cúspide de las “asociaciones”. Una vez transcurrido el plazo de un año, se aplicó la videoconferencia a todos.
La mayor parte de la audiencia estuvo ocupada por la discusión de varias excepciones presentadas por los abogados defensores en relación con el recurso también para los compañeros absueltos en
primer grado presentado por el Fiscal Sparagna. En particular, parecía evidente que el Fiscal había incumplido el plazo para presentar su recurso, pero un recálculo de los jueces dictaminó a última hora de la tarde que el recurso era válido… por lo que el juicio continuó incluso para los imputados absueltos en primer grado.
Durante las sucesivas audiencias posteriores, solicitaron condena para todos, negando el reconocimiento del “ne bis in idem” (haber sido ya condenado por los mismos delitos); además solicitaron el no reconocimiento de atenuantes en general para todos y, en concreto, la no continuación del delito respecto a las lesiones de Adinolfi. También se solicita el reconocimiento del delito de masacre por el ataque al cuartel del RIS de Parma.

La sentencia de apelación se dictó el 24 de noviembre de 2020.
– Anna: 16 años y 6 meses (en primer grado: 17 años).
– Alfredo: 20 años (como en primer grado).
– Nicola: 1 año y 1 mes (primer grado: 9 años),
siguiendo la sentencia de casación de 8 años, 8 meses y 20 días del juicio por la acción contra Adinolfi.
– Alessandro: absuelto de todos los cargos (en primer grado: 5 años).
– Marco: absuelto del cargo de “asociación subversiva con finalidad de terrorismo y subversión del orden democrático” (en primer grado: 5 años), pero condenado a 1 año y 9 meses por “instigación a la delincuencia” en relación con la “Croce Nera Anarchica”.
La condena por “asociación subversiva con finalidad de terrorismo y de subversión del orden democrático” sólo se confirmó para Anna, Alfredo y Nicola.
Los compañeros Nicola, Alessandro y Marco salen de prisión.
A diferencia del juicio en primer grado, también se dictaron otras nueve condenas contra nueve compañeros por “instigación a la delincuencia”. Condenas inherentes, con diferentes funciones, a la publicación “Croce Nera Anarchica”, revista aperiódica y página web, y a la gestión de algunas webs imputadas en el proceso. Estas condenas oscilaron entre 2 años y 6 meses para Gioachino Somma y 1 año y 9 meses para Erika, Omar, Alessandro y Lello.

Además de Alessandro, otros nueve compañeros anarquistas fueron absueltos de todos los cargos, entre ellos Danilo, en prisión desde el 6 de septiembre de 2016 y liberado con absolución en primer grado el 24 de abril de 2019, y Valentina, en prisión y posteriormente en arresto domiciliario durante el mismo periodo, también liberada con absolución en primer grado. Los demás compañeros eran acusados en libertad.

La Casación:

El pasado julio el Tribunal de Casación recalificó como “masacre política” (art. 285 del Código Penal) el atentado con explosivos perpetrado contra la escuela de Carabinieri de Fossano (Cúneo) el 2 de junio de 2006, reivindicado por la Rivolta Anonima e Tremenda / Federazione Anarchica Informale”, devolviendo el caso al Tribunal de Apelación de Turín para un nuevo cálculo peyorativo de la pena con riesgo de cadena perpetua para los compañeros Alfredo Cospito y Anna Beniamino. La pena base prevista en el código penal italiano para la masacre política es el ergastolo [cadena perpetua]. Tras recalificar el delito, el Tribunal de Casación devolvió el caso al Tribunal de Apelación para que volviera a determinar las penas. La audiencia que decidirá el alcance de estas condenas se fijó para el 5 de diciembre de 2022 en Turín.

El reciente 5 de diciembre se celebró la audiencia de apelación bis del juicio Scripta Manent contra Alfredo Cospito y Anna Beniamino. El fiscal pidió 27 años y un mes para Anna y ergastolo ostativo [sin posibilidad de reducción ni beneficios] con 12 meses de aislamiento diurno para Alfredo, yendo incluso más lejos que las peticiones anteriores del fiscal Sparagna, que eran de 30 años para Alfredo.
El Tribunal de Apelación de Turín no dictó la sentencia y recurrió al Constitucional: los jueces turineses se preguntaron si era legítimo que se
les obligara a no reconocer las circunstancias atenuantes a Alfredo Cospito por sus antecedentes penales. De hecho, esto les obligaría a condenar a Alfredo a cadena perpetua, incluso por una acción que no causó ni muertos ni heridos.
El próximo 19 de diciembre se celebrará una nueva audiencia en Turín, una audiencia formal destinada a elaborar la cuestión que se someterá a consulta.
Alfredo y Anna intervinieron con declaraciones espontáneas que ya habré
is leído porque han sido traducidas y difundidas internacionalmente. Alfredo reiteró que continuará la huelga de hambre iniciada el 20 de octubre de 2022 hasta su último aliento contra el 41 bis y el egastolo ostativo, Anna subrayó que cualquier persona con un mínimo de pensamiento crítico podrá identificar a los instigadores y ejecutores de la aniquilación de Alfredo. Los solidarios presentes en la sala saludaron a los compañeros acusados con consignas y gritos.

Terminado con este resumen –limitado y carente de análisis– de lo que ha sido el proceso Sripta Manent, intentaré profundizar en la disposición del régimen 41 bis a nuestro compañero Alfredo, su huelga de hambre y la movilización internacional que ha generado este precedente. Retomaré una reciente contribución mía al debate, con las modificaciones necesarias para la ocasión. Aunque más explicaciones al respecto las darán los compañeros del periódico anarquista Vetriolo en relación a lo que ha sido la “Operación Sibilla” para ellos y en particular para Alfredo .

La importancia de la solidaridad revolucionaria.
Con el anarquista Alfredo Cospito, su trayectoria y sus posiciones.

Queremos un presente que merezca ser vivido y no simplemente sacrificado a la espera mesiánica de un futuro paraíso terrenal. Por eso hemos querido hablar concretamente de una anarquía que debe realizarse ahora, no mañana. El “todo y ahora” es una apuesta, una partida en la cual nos jugamos nuestra vida, la vida de todos, nuestra muerte, la muerte de todos…

Pierleone Mario Porcu


Aquella
mañana del 7 de mayo de 2012 en Génova, a llenar felizmente el cargador de una vieja Tokarev, que después disparó a las piernas del director general de Ansaldo Nucleare Roberto Adinolfi, no fueron sólo dos anarquistas de acción, Nicola Gai y Alfredo Cospito, sino la parte más viva y concreta del anarquismo revolucionario pasando a la acción. Que como “Núcleo Olga” a través de la Federación Anarquista Informal, ese día rompía con el presente de entonces, con el inmovilismo de cierto anarquismo y su retirada hacia posiciones cada vez más rebajadas. Mostrándonos, después de Fukushima y el retorno del fantasma nuclear en Europa, como detrás de las tragedias que atormentan el planeta, la naturaleza y al ser humano, las mismas tragedias que provocan emociones fuertes en nuestros corazones, no hay abstracciones, no h ahora ay conceptos: lo que si hay son personas que siguen sin descanso en su loca y autodestructiva carrera, estructuras que hacen posible el avance de la muerte, esclavos que protegen tanto a las personas como las estructuras. Y que estas personas y estructuras tienen nombre y dirección.
Tras la acción Nicola y Alfredo fueron detenidos, juzgados, y reivindicaron su gesto en los tribunales con la cabeza bien alta. Evidenciando como la acción directa destructora y la hipótesis armada todavía son hechos tan reales cuanto necesaria su reivindicación por parte de los anarquistas.

Tras diez años de cárcel, el pasado 5 de mayo de 2022, Alfredo recibió la notificación de su traslado de “Alta Seguridad 2” a “41 bis”.

El 6 de Julio de 2022, el tribunal de Casación [similar al Supremo] recalificó el ataque explosivo contra la escuela de Carabinieri en Fossano de junio 2006, reivindicado por Rivolta Anonima e Tremenda / Federazione Anarchica Informale, del que se acusaba a los compañeros Anna Beniamino y Alfredo Cospito en “Masacre política”, con un endurecimiento de la pena que podría traducirse en cadena perpetua sin derecho a beneficios penitenciarios [ergastolo ostativo].

Hoy, una vez más, Alfredo sigue aportando al anarquismo y a todos nosotros, poniendo su dignidad y sus irreductibles posiciones por delante incluso de su propia condición física por medio de una huelga de hambre indefinida, utilizando su cuerpo como una barricada para que no pase el uso del 41 bis contra los anarquistas. Huelga de hambre a la que se han unido los anarquistas Juan Sorroche desde el 25 octubre, Ivan Alocco desde el 27 octubre y Anna Beniamino desde el 7 noviembre (que en este momento ha interrumpido).

La situación actual da lugar a diversas reflexiones, emociones intensas y numerosas iniciativas de diverso tipo sucedidas durante estos dos meses, iniciativas que en estos contextos siempre serán positivas, válidas y de una importancia fundamental para que esta batalla tenga el mayor eco posible, pero la lucha de Alfredo en este momento también se vuelve un instrumento para la crítica del 41 bis y de la sociedad carcelaria de forma más general. En mi opinión lo que debería prevalecer en este momento, como componente anarquista revolucionario internacional, son la compostura, la lucidez y la determinación que exige la situación. Entender qué hacer y cómo hacerlo, que argumentación defender, pero sobre todo lo que exige un momento concreto como es una huelga de hambre indefinida, para poder seguir haciendo lo que venimos haciendo hasta ayer y darnos la oportunidad de seguir haciéndolo mañana. Una consideración en sintonía con lo escrito con anterioridad es seguramente la necesidad de salir de la red de una limitante lucha específica anticarcelaria, saliendo del callejón sin salida de una movilización genérica y sentimentalista que contemple únicamente el régimen 41 bis, saber leer la fase y, esta vez, captar el verdadero objeto de la contienda partiendo de la construcción real de una solidaridad internacional, concreta, y una movilización ‘ad personam’ que impida el asesinato de nuestro compañero Alfredo Cospito en una tumba de hierro y cemento, solo.

Una solidaridad Revolucionaria que parta en primer lugar de la reivindicación a cara descubierta no sólo de prácticas genéricas, que a fin de cuentas sólo adoptan el carácter de quien las practica, sino de la historia, las ideas, las posiciones, las acciones concretas de las que se acusa a nuestro compañero y los discursos que las acompañan. Y esto lo tenemos que gritar, esta debe ser una praxis válida para otros procesos contra acciones directas destructivas, porque es uno de los pasos fundamentales encaminados a romper el aislamiento que rodea a quien es detenido, demostrando al poder que esas acciones pertenecen a todos los anarquistas. Porque si estamos de la parte de Alfredo, no sólo es porque su situación actual atormenta nuestro corazón, sino sobre todo porque es un compañero que ha dedicado su vida a la idea anarquista, que también es la nuestra. Y es evidente que si no somos capaces de defendernos a nosotros mismos, nuestro anarquismo revolucionario y sus razones, nadie podrá hacerlo nunca.

Cualquier discurso, mas o menos aceptable, arriesga quedarse –en este momento concreto se entiende– únicamente en el plano de una solidaridad humana, diluida en una lucha poco afilada y más genérica contra la cárcel. No es la primera vez que afrontamos la cuestión del 41 bis, dando la cara también cuando no teníamos un compañero anarquista en dicho régimen, aunque con altibajos en la continuidad, y seguiremos afrontándola también en el futuro más inmediato, si tenemos la capacidad de elaborar un razonamiento de mayor alcance, en prospectiva, sobre como se podrá aplicar dicho régimen a franjas cada vez más amplias del conflicto social.

Pero lo que importa hoy, en esta carrera contra el tiempo es sacar a Alfredo fuera de ese régimen, conseguir una desclasificación inmediata, sin otras condiciones.

En todos estos años Alfredo nunca ha sido una víctima, y si hoy se encuentra sometido a este régimen se debe exclusivamente a la voluntad por parte del poder de acabar con él cortando las relaciones con aquello que el propio Alfredo en primer lugar, siempre ha definido como su comunidad. Además no se puede excluir la posibilidad de que el domino esté tanteando el terreno del “movimiento anarquista”, en función probablemente de poder disponer en el futuro de este instrumento de aniquilación para con nosotros, por lo que se es, y por lo que se hace. Incluso podemos suponer que, con el tiempo, este régimen pueda sustituir definitivamente la AS2 [Alta Sicurezza 2].

Parece evidente que la finalidad que persigue el sistema Estado-Capital, por medio del poder judicial, con procesos, condenas por terrorismo y disposición de regímenes de aniquilación como el 41 bis, sea eliminar, desarraigar y aislar al enemigo de clase declarado, como también demuestra la situación de los comunistas revolucionarios Nadia Lioce, Roberto Morandi y Marco Mezzasalma, que desde hace nada menos que 17 años resisten a la tinieblas del 41 bis con una dignidad ejemplar. Todo esto nos recuerda con fuerza que la batalla de Alfredo también es la suya. Todo esto, en cuanto parte inherente del sistema juridico-policial y su ley, no puede se puede extrapolar de un discurso más amplio relativo al contraste, por parte del Estado, respecto a la lucha revolucionaria contra el sistema estado-capital global del que también formará parte, a día de hoy, el uso del 41 bis como instrumento coerción y extorsión del arrepentimiento cuando ningún elemento del dominio puede recuperar individualidades y acciones revolucionarias, porque es una voluntad –la nuestra, precisamente revolucionaria– que supera las arenas movedizas de la desorientación y el inmovilismo. Una voluntad que tiene la determinación y a presunción optimista de transformar la realidad, aún manteniendo inalterada la tensión nihilista anárquica por la cual consideramos, a pesar de no haber dejado de lado la idea de la revolución social, que este mundo, tal y como es hoy, debe ser demolido.

No es casual que se sitúen en estos términos las condenas por instigación a la delincuencia recibidas estos años en relación con la Croce Nera Anarchica; la operación Sibilla en relación al periódico anarquista Vetriolo y la publicación de la entrevista a Alfredo Cospito “¿Qué internacional?”. En este sentido, podemos decir que todo lo realizado en los últimos años con nuestras publicaciones, ha sido y sigue siendo de un valor inestimable, porque permite a los anarquistas, hoy, reapropiarse de sus ideas, darlas espacio, con la audacia de siempre, inmutable, con la misma propensión a actuar con conciencia revolucionaria, construyendo la internacional.

¡Alfredo fuera del 41 bis!
¡Contra la aplicación del 41 bis a los prisioneros revolucionarios!
¡Por la anarquía siempre!

Concluyo este escrito aprovechando la ocasión para enviar mi más caluroso y sincero saludo a las organizadoras de esta iniciativa, a todos los compañeros que en Grecia siguen luchando desde hace años dentro y fuera de la cárcel, deseando que la iniciativa se desarrolle incluso más allá de las expectativas más optimistas y que sea un estímulo para afinar ulteriores debates armando esa necesidad de libertad que nos caracteriza.

Omar Nioi
07/11/2022
Sardegna

Traducido de: anarxiko-steki-nadir.org